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Defensa fiscal preventiva

Materialidad de operaciones: cómo se acredita ante el SAT

La materialidad dejó de ser un criterio interpretativo para convertirse en requisito. Integramos el expediente probatorio que sostiene la realidad de tus operaciones — de preferencia, antes de que la autoridad pregunte.

El riesgo no empieza con la notificación. Empieza en el archivero.

Cuando la autoridad cuestiona una operación no discute si existe la factura: discute si la operación existió. Y esa discusión no se gana con el comprobante fiscal ni con el pago. Se gana con el expediente que reconstruye la operación completa.

En nuestra experiencia, el soporte documental que la empresa tenga para demostrar que ha cumplido con sus obligaciones fiscales resulta trascendental al momento de enfrentar una auditoría o de promover un medio de defensa. La contabilidad es una disciplina exacta, basada en normas financieras y principios contables: cada registro de ingresos y cada salida de recursos vía erogaciones debe estar asentada y documentada.

Prevenir cuesta una fracción de lo que cuesta defender. Mediante el diseño correcto de controles internos robustos y asesoría especializada se reduce el riesgo latente de ser sujeto de auditorías y controversias fiscales, minimizando los costos y los tiempos asociados a los procesos legales.

Qué hacemos

Seis frentes de trabajo sobre tus operaciones

  • Diagnóstico de materialidad

    Revisamos tus operaciones de mayor exposición y te decimos, una por una, cuáles resistirían hoy una revisión y cuáles no. El diagnóstico señala las posibilidades reales de éxito si el asunto llegara a litigio.

  • Integración del expediente probatorio

    Reconstruimos cada operación relevante con la documentación que la sostiene, en el orden en que la autoridad la va a pedir.

  • Razón de negocio

    Documentamos por qué la operación tenía sentido económico para la empresa, más allá del efecto fiscal. Es lo primero que se cuestiona y lo último que se suele documentar.

  • Fecha cierta en contratos

    Damos certeza a la fecha de tus instrumentos jurídicos. Un contrato sin fecha cierta es uno de los primeros puntos que la autoridad ataca para desconocer la operación.

  • Controles internos

    Dejamos instalado el procedimiento para que las operaciones nuevas nazcan documentadas, en lugar de reconstruirse a la carrera dos ejercicios después.

  • Defensa ante el artículo 69-B

    Si un proveedor ya fue publicado en el listado, acreditamos la efectiva prestación del servicio o la adquisición del bien, o bien evaluamos la corrección antes de que se determine el crédito.

El expediente

Qué integra un expediente que resiste una revisión

La contabilidad exige que cada registro de ingresos y cada erogación esté documentada. Esto es lo que revisamos e integramos, operación por operación.

Registro contable

Pólizas, asientos contables, balanzas de comprobación y papeles de trabajo que amarren la operación al registro.

Flujo del dinero

Estados de cuenta bancarios, comprobantes de pago o depósito, cheques y transferencias que acrediten la salida real de recursos.

Instrumentos jurídicos

Contratos con fecha cierta, convenios, actas de asamblea y acuerdos de los órganos de gobierno que autorizaron la operación.

Evidencia de la ejecución

Entregables, reportes, bitácoras, minutas, correos y fotografías que demuestren que el servicio se prestó o el bien se recibió.

Capacidad del proveedor

Personal, activos, infraestructura y domicilio que hagan materialmente viable la prestación que se contrató.

Razón de negocio

La explicación económica, documentada, de por qué la empresa contrató esa operación y qué obtuvo a cambio.

Con este soporte se demuestra a las autoridades fiscales el sustento de cada operación y, a partir de ahí, que no existe una omisión de ingresos y que no resulta improcedente la deducción.

Caso relacionado

Cuando el domicilio y la materialidad se cuestionan juntos

Sellos digitales · Domicilio fiscal

14 empresas de un grupo, con el sello digital restringido

Situación
El SAT restringió los Certificados de Sello Digital de 14 empresas del grupo y cuestionó la idoneidad de sus domicilios fiscales. Sin sello, ninguna podía facturar.
Intervención
Estrategia de aclaración replicable para todo el grupo, integración probatoria del domicilio y defensa en juicio manteniendo una narrativa consistente ante la autoridad.
Resultado
Se reactivaron los certificados y se acreditó en juicio la idoneidad de los domicilios fiscales.
Javier LeguaCountry Manager México — Empresa especializada en estrategia, crecimiento y expansión de organizaciones transnacionales

Método EUROTAX

Cómo trabajamos contigo

Sin cajas negras. Sabes qué se está haciendo, por qué, y qué sigue.

Diagnóstico

Revisamos la notificación, el expediente y la exposición real. Te decimos qué está en juego y en qué plazo, sin adornos. Si el asunto no requiere litigio, te lo decimos.

Estrategia

Definimos la ruta: aclaración, Acuerdo Conclusivo, medio de defensa o una combinación. Te explicamos el porqué de cada movimiento y qué buscamos con él.

Ejecución

Integramos pruebas, presentamos escritos y damos seguimiento ante la autoridad. Recibes avances por escrito y sabes en qué etapa está tu asunto.

Blindaje

Cerrado el asunto, dejamos instalados los controles, contratos y expedientes de materialidad para que la contingencia no se repita el siguiente ejercicio.

Dudas frecuentes

Preguntas sobre materialidad

¿La factura y el pago no bastan para acreditar una operación?
No. El comprobante fiscal y la transferencia acreditan que hubo un cobro, no que hubo una operación. La autoridad busca el rastro completo: el contrato que la originó, la evidencia de que el servicio se prestó o el bien se recibió, la capacidad del proveedor para prestarlo y la razón económica por la que se contrató. Sin eso, la deducción queda en riesgo aunque el pago sea real.
¿Cuándo conviene integrar el expediente: antes o cuando ya llegó la revisión?
Antes, sin comparación. Integrarlo cuando la operación es reciente cuesta una fracción de lo que cuesta reconstruirlo dos o tres ejercicios después, cuando el personal que la ejecutó ya no está, los correos se borraron y el proveedor no responde. Además, reconstruir a destiempo genera documentación que se ve reconstruida — y eso la autoridad lo nota.
¿Qué es la fecha cierta y por qué importa tanto?
Es la certeza jurídica sobre el momento en que un documento privado existió. Sin ella, la autoridad puede sostener que el contrato se elaboró después, para justificar una operación ya cuestionada. Es de los primeros puntos que se ataca en una revisión y de los más fáciles de resolver de forma preventiva.
Mi proveedor apareció en el listado del artículo 69-B. ¿Qué hago?
La publicación en el listado definitivo genera la presunción de que las operaciones amparadas en sus comprobantes no existieron. Como receptor tienes un plazo para acreditar que la operación sí se realizó, o bien para corregir tu situación fiscal. Si tienes con qué probar la materialidad, se defiende. Si no, conviene evaluar la corrección antes de que la autoridad determine el crédito con multas y actualización. Esa decisión es parte del diagnóstico.
¿Trabajan con nuestro contador o lo sustituyen?
Trabajamos con él. El contador conoce el registro y la operación; nosotros aportamos el criterio jurídico sobre qué se va a exigir y cómo se va a defender. El expediente se construye entre los dos: sin la contabilidad no hay expediente, y sin la visión de defensa el expediente no resiste.

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