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Auditorías · PRODECON · Sellos digitales

Defensa ante auditorías del SAT, el IMSS y el INFONAVIT

Servicio con enfoque estratégico: a través de la anticipación de las causas implementamos controles y blindajes preventivos que permiten lograr resultados exitosos. Y si ya te notificaron, lo que entregues en los primeros días define el resultado.

Una auditoría no se gana en el juicio. Se gana en los primeros días.

Cuando llega la orden, la reacción natural es entregar todo lo que piden, lo más rápido posible, pensando que colaborar es la mejor defensa. En la práctica funciona al revés.

En una revisión es fundamental tener claridad en qué documentación entregar, en la forma de entregarla e incluso en aquella que por estrategia no debe entregarse. Cada entrega construye —o destruye— la posición con la que se va a negociar o a litigar después.

Enfoque estratégico, no reactivo. A través de la anticipación de las causas implementamos controles y blindajes preventivos que permiten lograr resultados exitosos. Cuando la revisión llega, el trabajo ya está hecho en buena medida.

Ante qué autoridades

Auditorías fiscales, federales y locales

Asesoramos a contribuyentes en procesos de auditoría fiscal ante el SAT, el IMSS, las autoridades del SAT en materia de comercio exterior y las autoridades fiscales locales actuando como coordinadas.

SATIMSSINFONAVITComercio ExteriorAutoridades locales coordinadas

Qué procedimientos atendemos

  • Visita domiciliaria

    Acompañamiento desde la orden hasta el acta final, cuidando cada acta parcial y lo que en ella se hace constar.

  • Revisión de gabinete

    Control de la documentación que se remite y de los plazos de cada requerimiento.

  • Revisión electrónica

    Atención de la resolución provisional y de la preliquidación dentro de los plazos, que aquí son especialmente breves.

Primero el diagnóstico. Después la ruta.

La estrategia a seguir y el medio de defensa dependen en gran medida de la documentación, la contabilidad y la situación concreta de cada cliente. Eso conlleva el análisis particular del caso y la emisión del diagnóstico respectivo, en el que se señalan las posibilidades reales de éxito de un litigio fiscal.

Ese documento es el que te permite decidir con información: si conviene litigar, si conviene acercarse a PRODECON, o si conviene corregir. Si el asunto no tiene posibilidades, te lo decimos igual.

Estrategias de defensa

No solo auditorías: todo el frente de cobro

En litigio fiscal nos comprometemos a brindar la mejor defensa, porque la meta es que nuestros clientes se liberen de contingencias que comprometan su patrimonio ante posibles cobros y liquidaciones de impuestos de las autoridades fiscales, con todos sus accesorios y con multas elevadas.

Procedimiento administrativo de ejecución

Atacamos los mandamientos de ejecución que implican requerimiento de pago y embargo, y los actos posteriores del procedimiento.

Congelamiento de cuentas

Impugnación de los actos de molestia que tienen por objeto la inmovilización de tus cuentas bancarias, que es lo que detiene la operación de un día para otro.

Invitaciones de regularización

Actos de molestia sobre el pago de derechos o contribuciones. Se contestan, no se ignoran: la respuesta define lo que viene después.

Reducción de multas

Asesoría y tramitación de la reducción de multas fiscales y de seguridad social, dentro de los supuestos y plazos que resulten aplicables.

Pago en parcialidades

Reestructuración y posibilidad de pago en parcialidades de créditos fiscales firmes, para que la contingencia no se coma el flujo del negocio.

Revocación y amparo indirecto

Substanciación del recurso de revocación y de los juicios de amparo indirecto para impugnar la determinación o la multa.

Amparo contra actos y leyes. Cuando el cliente lo requiere, o cuando entra en vigor una reforma a las disposiciones fiscales, revisamos la posibilidad de promover juicio de amparo en contra de actos o leyes que resulten violatorios de sus derechos fundamentales. La reforma de 2026 abrió justamente ese análisis.

Acuerdo Conclusivo ante PRODECON

Conclusión anticipada de la auditoría

Si tu empresa se encuentra en una auditoría por parte del SAT, el IMSS o el INFONAVIT, te ayudamos a atenderla y te proponemos acercarte a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente a solicitar un Acuerdo Conclusivo, como medio alternativo de solución de controversias fiscales.

El plazo es lo primero que hay que cuidar

Dependiendo del procedimiento, se cuenta con un plazo de alrededor de veinte días para promover la solicitud de adopción del Acuerdo Conclusivo ante PRODECON. Dejarlo correr cierra la puerta a la salida anticipada y obliga al litigio, que es largo y costoso.

Cierre sin juicio

El asunto se resuelve durante la auditoría, sin llegar a tribunales.

Condonación de multas

La ley contempla el beneficio de condonación, en los términos que resulten aplicables.

Plazos ciertos

Un procedimiento acotado frente a un juicio que puede durar años.

Continuidad operativa

La empresa deja de operar bajo la incertidumbre de una contingencia abierta.

No conviene en todos los casos. Hay escenarios en los que acudir a PRODECON debilita la posición, o en los que el soporte documental no alcanza para negociar. Esa evaluación es parte del diagnóstico y se hace antes de promover, no después.

Caso relacionado

Una auditoría cerrada sin pago

Comercio exterior · PRODECON

Auditoría de comercio exterior cerrada sin impuestos ni multas

Situación
Auditoría en materia de comercio exterior, con riesgo de determinación de crédito fiscal y multas para una empresa del sector alimentos, salud y nutrición.
Intervención
Acercamiento a PRODECON y adopción de un Acuerdo Conclusivo como medio alternativo de solución de controversias, con la documentación soporte integrada desde el inicio.
Resultado
La auditoría se resolvió de forma exitosa: sin impuestos ni multas a pagar.
CP Félix SuárezContralor General — Empresa de alimentos, salud y nutrición

Método EUROTAX

Cómo trabajamos contigo

Sin cajas negras. Sabes qué se está haciendo, por qué, y qué sigue.

Diagnóstico

Revisamos la notificación, el expediente y la exposición real. Te decimos qué está en juego y en qué plazo, sin adornos. Si el asunto no requiere litigio, te lo decimos.

Estrategia

Definimos la ruta: aclaración, Acuerdo Conclusivo, medio de defensa o una combinación. Te explicamos el porqué de cada movimiento y qué buscamos con él.

Ejecución

Integramos pruebas, presentamos escritos y damos seguimiento ante la autoridad. Recibes avances por escrito y sabes en qué etapa está tu asunto.

Blindaje

Cerrado el asunto, dejamos instalados los controles, contratos y expedientes de materialidad para que la contingencia no se repita el siguiente ejercicio.

Dudas frecuentes

Preguntas sobre auditorías y defensa

Me notificaron una orden de visita. ¿Qué hago en las primeras 72 horas?
No entregues nada todavía. Lo primero es revisar la orden: quién la emite, qué facultades ejerce, qué ejercicios y qué contribuciones comprende, y si está debidamente fundada y motivada. En paralelo se levanta el inventario de lo que la empresa tiene y lo que le falta. Solo entonces se define qué se entrega, en qué forma y en qué orden. Entregar antes de ese análisis es la causa más común de que un asunto se complique.
¿Entregar todo lo que piden no es lo más seguro?
No necesariamente. Hay documentación que no está comprendida en la orden y que, entregada de más, abre frentes que no estaban abiertos. Es fundamental tener claridad en qué documentación entregar, en la forma de entregarla e incluso en aquella que por estrategia no debe entregarse. Eso no es ocultar información: es responder exactamente lo que la autoridad está facultada para exigir.
¿Qué es un Acuerdo Conclusivo y cuándo conviene?
Es un medio alternativo de solución de controversias que permite llegar a un acuerdo con la autoridad durante la auditoría, con PRODECON como intermediaria, y que contempla el beneficio de condonación de multas. Conviene cuando existe soporte documental sólido y el objetivo es cerrar el asunto sin llegar a juicio. No conviene en todos los casos: hay escenarios en los que acudir debilita la posición. Esa evaluación es parte del diagnóstico.
Ya me requirieron el pago o me embargaron. ¿Todavía se puede hacer algo?
Sí, y con urgencia. El mandamiento de ejecución, el requerimiento de pago y el embargo son actos impugnables, y con frecuencia el procedimiento tiene vicios que permiten combatirlos. En paralelo se evalúa la vía económica: reducción de multas, reestructura o pago en parcialidades del crédito firme. Lo que no conviene es dejar correr los plazos esperando a que la autoridad se detenga sola.
El SAT inmovilizó nuestras cuentas bancarias. ¿Cuál es la ruta?
El congelamiento es un acto de molestia impugnable y es de los que más rápido hay que atender, porque detiene la operación de un día para otro: no se paga nómina, no se pagan proveedores. Se combate el acto que lo ordenó y, en paralelo, se trabaja el origen del crédito que lo motivó. Aquí los días cuentan literalmente.
¿Se puede reducir una multa que ya me determinaron, o pagar en parcialidades?
En ambos casos sí, dentro de los supuestos y plazos aplicables. Tramitamos la reducción de multas fiscales y de seguridad social, y asesoramos la reestructuración y el pago en parcialidades de créditos fiscales firmes. Muchas veces la mejor estrategia combina las dos cosas: impugnar lo que es defendible y reestructurar lo que ya no lo es.
¿Cuánto puede durar un litigio fiscal si no se llega a acuerdo?
Depende de la instancia y de la carga del tribunal, pero conviene planear en años, no en meses, y considerar la garantía del interés fiscal durante el trámite. Por eso el diagnóstico compara siempre las dos rutas: lo que cuesta y lo que tarda cerrar por acuerdo, frente a lo que cuesta y lo que tarda litigar. Con esa comparación en la mano la decisión deja de ser una corazonada.
El SAT restringió nuestro certificado de sello digital. ¿Es parte de esto?
Sí, y es de los asuntos más urgentes porque la empresa deja de facturar desde la notificación. Se presenta la aclaración con la evidencia que acredite la materialidad y la realidad de las operaciones observadas y, si la resolución es adversa, se promueve el medio de defensa que corresponda. Los plazos aquí son especialmente cortos.
¿Atienden también revisiones del IMSS y del INFONAVIT?
Sí. Revisamos la determinación, identificamos los vicios del procedimiento y construimos la defensa. En paralelo trabajamos el blindaje de la nómina y de los esquemas de contratación, que es donde suele originarse la contingencia, para que no se repita el siguiente ejercicio.

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