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Atención de urgencias fiscales in f

Mitigación de riesgo corporativo y blindaje fiscal

Abogados fiscalistas: defensa ante el SAT y materialidad de operaciones

Estrategias legales que blindan la operación y la permanencia de tu empresa. Más de 26 años resolviendo controversias con el SAT, el IMSS y las Aduanas — sin detener tu negocio.

26+años en litigio fiscal y aduanero
$300+MDP en contingencias mitigadas
20empresas con sello digital reactivado
5autoridades: SAT, IMSS, INFONAVIT, Aduanas y CONAGUA
Reforma fiscal 2026

Con el artículo 49-Bis del CFF, el SAT restringe tu Certificado de Sello Digital desde la notificación y te concede 5 días para demostrar la materialidad de tus operaciones. El procedimiento completo dura 24 días.

Ya me notificaron → qué hacer hoy

Empieza por aquí

¿En cuál de estas situaciones está tu empresa hoy?

Identifica tu escenario y te llevamos directo a la ruta de solución. Si ya hay una notificación de por medio, el tiempo corre.

Firma de contratos con enfoque fiscal y expediente de materialidad

Áreas de práctica

Servicios legales especializados

Siete frentes de trabajo. Los tres primeros concentran hoy la mayor exposición de las empresas medianas en México.

Materialidad de Operaciones69-B · Razón de negocio · Fecha cierta

La materialidad dejó de ser un criterio interpretativo para convertirse en requisito. Integramos el expediente probatorio que acredita que tus operaciones son reales, existentes y comprobables: contratos, entregables, trazabilidad documental y razón de negocio. Es lo que separa una deducción firme de un crédito fiscal.

Conocer más

Acuerdo Conclusivo ante PRODECON69-C a 69-H CFF · 20 días · Reducción de multas

El medio alternativo para cerrar una revisión del SAT, del IMSS o del INFONAVIT por acuerdo y no por liquidación, antes de que se emita el crédito fiscal. Reducción del 100% de las multas por única ocasión, suspensión de los plazos de la fiscalización y hechos incontrovertibles una vez firmado. El plazo para solicitarlo es de 20 días y no se reabre.

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Litigio Fiscal y Defensa ante el SATAuditorías · PRODECON · Sellos digitales

Servicio con enfoque estratégico: anticipamos las causas e implementamos controles y blindajes preventivos. Si tu empresa está en auditoría del SAT, el IMSS o el INFONAVIT, la atendemos contigo y evaluamos acercarnos a PRODECON para un Acuerdo Conclusivo como medio alternativo de solución de controversias.

Conocer más

Comercio Exterior y AduanasPAMA · Pedimentos · IMMEX

El litigio aduanero es un reto de conocimiento técnico y de gestión con equipos multidisciplinarios: la impugnación de los actos emitidos por las Aduanas requiere atención inmediata con respaldo experto.

Conocer más

Gobierno CorporativoC-Level · Consejo · Gestión de riesgos

Fortalecemos la calidad de la toma de decisiones mediante la integración de gobierno corporativo, gestión de riesgos y estrategias alineadas con la visión del negocio, asesorando a C-Level, accionistas y órganos de gobierno en contextos de alta complejidad, asegurando trazabilidad y disciplina.

Conocer más

Contratos con Enfoque FiscalTrazabilidad · Racionalidad · Fecha cierta

Hoy tus operaciones deben cumplir los estándares de las autoridades fiscales: trazabilidad, racionalidad, materialidad y fecha cierta. El diseño y revisión de los contratos tiene que estar alineado a un enfoque fiscal, incluyendo toda la documentación que ampare la realidad de la operación.

Conocer más

Consultoría Jurídica y PatrimonialSocietario · Sucesiones · PLD

Combinamos la experiencia del litigio en diversas materias para brindar un sólido asesoramiento en planificación patrimonial y fiscal, corporativa y societaria, asuntos inmobiliarios, sucesiones, así como la regulación aplicable a prevención de lavado de dinero.

Conocer más

Método EUROTAX

Cómo trabajamos contigo

Sabes en todo momento qué se está haciendo, por qué se hace y qué sigue.

Diagnóstico

Revisamos la notificación, el expediente y la exposición real. Te decimos qué está en juego y en qué plazo, sin adornos. Si el asunto no requiere litigio, te lo decimos.

Estrategia

Definimos la ruta: aclaración, Acuerdo Conclusivo, medio de defensa o una combinación. Te explicamos el porqué de cada movimiento y qué buscamos con él.

Ejecución

Integramos pruebas, presentamos escritos y damos seguimiento ante la autoridad. Recibes avances por escrito y sabes en qué etapa está tu asunto.

Blindaje

Cerrado el asunto, dejamos instalados los controles, contratos y expedientes de materialidad para que la contingencia no se repita el siguiente ejercicio.

Qué nos distingue

Quien te atiende es quien lleva tu asunto

Además de nuestros valores, esto es lo que nos distingue de otras firmas de abogados y asesores fiscales.

01

Socio estratégico del negocio

Operamos como socio estratégico, combinando profundidad técnica con enfoque en continuidad operativa. Acompañamos a los dueños y a los stakeholders en la toma de decisiones, no solo en la ejecución del trámite.

02

Visión técnica más gestión institucional

La combinación de las dos cosas es lo que permite ser un actor clave en la construcción de soluciones, y no únicamente en la defensa del acto que ya ocurrió.

03

Criterios fiscales y judiciales a nivel nacional

Conocimiento profundo de los criterios que las autoridades y los tribunales están aplicando hoy — no de los que se aplicaban hace tres ejercicios.

04

Siempre dentro de una estrategia

Cada asunto se atiende dentro de una estrategia jurídica corporativa, no como un expediente aislado que se resuelve y se archiva.

05

Gestión de riesgos regulatorios y fiscales

Desempeño probado en la identificación, prevención y mitigación de riesgos, que es donde se evita el problema en lugar de administrarlo.

06

Litigio de alta complejidad

Liderazgo demostrado en litigio fiscal y administrativo de alta complejidad, cuando el asunto ya no admite otra salida.

Oscar Esquivel Rivera, socio director de EUROTAX CONSULTING MX

Socio Director

Oscar Esquivel Rivera

Abogado fiscalista · Consejero empresarial

Ex-Director de Representación y Defensa Legal en PRODECON Procuraduría de la Defensa del Contribuyente · dos años y medio al frente del área

Durante ese periodo la efectividad de los litigios a su cargo pasó del 79% al 82% y participó en la generación de criterios jurisdiccionales que siguen vigentes. Antes encabezó el Litigio Fiscal Estratégico en KPMG, atendiendo la defensa de corporativos globales.

Más de 26 años de ejercicio en litigio fiscal, aduanero y de seguridad social. Ha acompañado a accionistas, directores generales y CFO de empresas medianas en México —y a inversionistas de Sudamérica, Estados Unidos y Europa— en los momentos en que la autoridad toca la puerta.

Haber trabajado del otro lado del escritorio cambia la lectura de un expediente: se anticipa qué va a pedir la autoridad, cómo razona y por dónde se sostiene o se cae un argumento. Es criterio formado, no una garantía de resultado: ningún abogado serio puede ofrecerla.

No busco ser sólo el ejecutor que presenta el escrito. Busco sentarme del lado del negocio para que la decisión se tome con información clara y con el riesgo fiscal sobre la mesa. Decidir es de la empresa; que no decida a ciegas, es mi trabajo.

Sala de juntas de EUROTAX CONSULTING MX en Ciudad Satélite

Confianza que respalda cada resultado

Casos y resultados

Asuntos reales, con el resultado que obtuvo el cliente. Los nombres de las empresas se reservan por confidencialidad.

Sellos digitales · Domicilio fiscal

20 empresas de un grupo, con el sello digital restringido

Situación
El SAT restringió los Certificados de Sello Digital de 20 empresas del grupo y cuestionó la idoneidad de sus domicilios fiscales. Sin sello, ninguna podía facturar.
Intervención
Estrategia de aclaración replicable para todo el grupo, integración probatoria del domicilio y defensa en juicio manteniendo una narrativa consistente ante la autoridad.
Resultado
Se reactivaron los certificados y se acreditó en juicio la idoneidad de los domicilios fiscales.
Javier LeguaCountry Manager México — Empresa especializada en estrategia, crecimiento y expansión de organizaciones transnacionales
Comercio exterior · PRODECON

Auditoría de comercio exterior cerrada sin pago

Situación
Auditoría en materia de comercio exterior, con riesgo de determinación de crédito fiscal y multas para una empresa del sector alimentos, salud y nutrición.
Intervención
Acercamiento a PRODECON y adopción de un Acuerdo Conclusivo como medio alternativo de solución de controversias, con la documentación soporte integrada desde el inicio.
Resultado
La auditoría se resolvió de forma exitosa: sin impuestos ni multas a pagar.
CP Félix SuárezContralor General — Empresa de alimentos, salud y nutrición
IMSS · Acuerdo Conclusivo

Una contingencia de $30 MDP con el IMSS, cerrada en $2.2 MDP

Situación
Revisión de gabinete del IMSS por los ejercicios 2018, 2019 y 2020. El Instituto observaba diferencias en diversos conceptos que integran el salario base de cotización y presunta omisión de afiliación de personal. La contingencia estimada al cierre de la revisión rondaba los $30 millones de pesos.
Intervención
Se contestó el oficio de observaciones ante el IMSS y, en paralelo, se solicitó ante PRODECON la adopción de un Acuerdo Conclusivo, aprovechando que el plazo todavía corría.
Resultado
En cuatro meses se desvirtuaron más del 90% de las observaciones. La regularización ante el IMSS fue de $2’200,000 y, por ser el primer Acuerdo Conclusivo de la empresa, las multas se redujeron en 100%.
C.P. Marco Antonio GálvezAdministrador General — Empresa dedicada a la prestación de servicios médicos hospitalarios
Asesoría legal empresarial personalizada

Recurso gratuito

Guía Legal Empresarial

Una guía integral para la gestión legal de tu empresa: desde los litigios estratégicos hasta la resolución de controversias. La experiencia de más de 26 años, ordenada en un documento que puedes llevar a tu próxima junta de consejo.

Cubre gobierno corporativo, litigio fiscal y seguridad social, con un enfoque proactivo alineado a los objetivos del negocio.

Descárgala ahora

  • Checklist de materialidad para tus operaciones clave
  • Qué hacer en las primeras 72 horas de una notificación del SAT
  • Los criterios de fiscalización vigentes para 2026
  • Estructura mínima de gobierno corporativo para empresa mediana

Análisis y criterios

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Materialidad

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Acuerdo Conclusivo ante PRODECON

PRODECON

Acuerdo Conclusivo: cuándo conviene y cuándo no

Beneficios reales, condonación de multas, plazos y los escenarios en los que acudir a PRODECON debilita tu posición en lugar de fortalecerla.

9 min de lectura · Litigio Fiscal

Leer el análisis del artículo 49-Bis

Lo primero que hay que verificar

Los plazos que hoy corren en su contra

En materia fiscal el silencio se interpreta como aceptación. Si el plazo vence sin que se presenten pruebas, los hechos se tienen por consentidos y la defensa posterior se vuelve más difícil y más costosa.

20días
Visita domiciliaria: entre la última acta parcial y el acta finalQuince días más si la revisión abarca más de un ejercicio
20días
Revisión de gabinete: desde el oficio de observacionesQuince días más en el mismo supuesto
20días
Revisión electrónica: desde que se notifica la resolución provisionalEs también el plazo para solicitar el Acuerdo Conclusivo
15días
Presunto EFO: manifestar lo que convenga y aportar pruebasProrrogables cinco días por única ocasión
30días
EDOS: acreditar la materialidad o corregirDesde la publicación del listado definitivo
40días hábiles
Sello digital restringido: solicitud de aclaraciónVencido el plazo, el certificado se deja sin efectos
15días hábiles
Liquidación del IMSS o del INFONAVIT: recurso de inconformidadDespués, la liquidación se entiende consentida

¿No está seguro de en qué plazo se encuentra? Envíe el oficio y le confirmamos la fecha límite y qué se puede hacer todavía. Esa primera revisión no tiene costo ni compromiso. Agendar diagnóstico →

Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes

El SAT restringió temporalmente el sello digital de mi empresa. ¿Qué hago?
Lo primero es no dejar correr el plazo: desde la restricción tu empresa no puede emitir CFDI, es decir, deja de facturar y de cobrar. Esta restricción temporal es la del artículo 17-H Bis del Código Fiscal y contra ella sí procede el procedimiento de aclaración, con un plazo de 40 días hábiles. Lo que se entrega ahí —evidencia de materialidad, idoneidad del domicilio, capacidad instalada— define si el sello se reactiva o si el asunto pasa a juicio. Si la aclaración vence sin respuesta idónea, el certificado se deja sin efectos conforme al artículo 17-H. Hemos reactivado el sello digital de 20 empresas.
¿Es lo mismo que la suspensión del sello en una visita del artículo 49-Bis?
No, y confundirlas cuesta caro porque la ruta de defensa es distinta. La restricción del 17-H Bis es una facultad de gestión: la autoridad restringe por causales propias y abre la aclaración de 40 días. La suspensión del 49-Bis es consecuencia de una facultad de comprobación: se notifica una orden de visita domiciliaria exprés para verificar que tus CFDI amparen operaciones reales, el sello se suspende desde ese momento y contra esa suspensión no procede la aclaración: la única salida es desvirtuar dentro del propio procedimiento, que dura 24 días hábiles. Lo primero que hacemos al recibir un asunto de sello es identificar en cuál de los dos supuestos estás.
¿Cómo se demuestra la materialidad de una operación ante el SAT?
No basta con la factura y el pago. Se acredita con un expediente que reconstruya la operación completa: contrato con fecha cierta, entregables, evidencia de la ejecución —reportes, correos, bitácoras, fotografías—, la capacidad instalada del proveedor y la razón de negocio que explica por qué la operación tenía sentido económico. Integrar ese expediente antes de la revisión cuesta una fracción de lo que cuesta defenderlo después.
¿Qué es un Acuerdo Conclusivo ante PRODECON y cuándo conviene?
Es un mecanismo previsto en los artículos 69-C a 69-H del Código Fiscal de la Federación que permite cerrar una auditoría mediante un acuerdo con la autoridad revisora, con PRODECON como mediador. Sus ventajas: condona el 100% de las multas por única ocasión, suspende los plazos de la fiscalización mientras se tramita, y los hechos u omisiones materia del acuerdo son incontrovertibles, no generan precedente entre las partes y las autoridades fiscales no los pueden desconocer. Se puede solicitar desde el inicio de las facultades de comprobación y antes de que venza el plazo de 20 días para contestar los hechos y omisiones asentados en el acta final, en el oficio de observaciones o en la resolución provisional. No conviene en todos los casos: hay escenarios en los que acudir debilita la posición. Esa evaluación es parte del diagnóstico. Ver la página de Acuerdo Conclusivo ante PRODECON.
Mi proveedor apareció en el listado del artículo 69-B. ¿Qué pasa con mis deducciones?
La publicación del proveedor en el listado definitivo genera la presunción de que las operaciones amparadas en sus comprobantes no existieron. Como receptor tienes un plazo para acreditar que la operación sí se realizó, o bien para corregir tu situación fiscal. Si tienes con qué probar la materialidad, se defiende; si no, conviene evaluar la corrección antes de que la autoridad determine el crédito con multas y actualización.
¿Qué tipo de asuntos atiende EUROTAX CONSULTING MX?
Litigio fiscal y defensa ante el SAT, materialidad de operaciones, comercio exterior y aduanas, seguridad social ante el IMSS e INFONAVIT, gobierno corporativo, contratos con enfoque fiscal y consultoría jurídica y patrimonial. Atendemos principalmente a empresas medianas y a sus accionistas, directores generales y CFO.
¿Atienden empresas fuera de la Ciudad de México?
Sí. La oficina está en Ciudad Satélite, Naucalpan, Estado de México, y se atienden asuntos en toda la República, así como a inversionistas de Sudamérica, Estados Unidos y Europa con operación en México. El seguimiento se hace por escrito y en sesiones remotas cuando la distancia lo requiere.
¿Cómo se determinan los honorarios?
Con tres reglas, y se dicen antes de que el cliente gaste un peso.

Primera: cuota fija por etapa. Se sabe desde el principio cuánto se va a pagar y hasta dónde llega cada etapa; no hay reloj corriendo ni facturas sorpresa. Es la regla para todo lo que es defensa: auditorías, acuerdos conclusivos, recursos y juicios. Las consultas aisladas —una opinión, la revisión de un documento suelto— se cotizan por separado, y también se avisa antes.

Segunda: el honorario se dimensiona contra lo que está en juego —el monto en controversia y la complejidad técnica—, no contra un tabulador. Un asunto de dos millones no cuesta lo mismo que uno de cincuenta, y esa regla juega a favor del cliente tanto como del despacho.

Tercera: el número se entrega por escrito después de ver los documentos, nunca antes. Por eso en la sesión de diagnóstico no se da una cifra: sin conocer el monto de la contingencia y el estado del expediente, cualquier número sería inventado. Lo que sí se da en esa llamada es el criterio con el que se va a determinar y, cuando el tipo de asunto lo permite, un orden de magnitud.

Y si el asunto no justifica contratar a un especialista, se dice en esa misma llamada y no se cobra por decirlo.
Ya tengo contador. ¿Para qué necesito un abogado fiscalista?
Su contador y nosotros hacemos cosas distintas y trabajamos juntos. Él conoce sus números; nosotros construimos la estrategia jurídica, los argumentos y las pruebas que la autoridad y, en su caso, el tribunal van a valorar. Nunca desplazamos al contador: se le reporta y el trabajo contable sigue siendo suyo.
Mi asunto ya está muy avanzado. ¿Todavía sirve de algo?
Casi siempre sí, pero las opciones se reducen con cada plazo que vence. Incluso con una liquidación ya notificada existen medios de defensa: el recurso de revocación, el juicio de nulidad y, en su caso, el amparo indirecto.

Conviene precisar un punto que se confunde con frecuencia: el Acuerdo Conclusivo aplica cuando todavía no se ha emitido una liquidación y se está dentro del plazo de ley para dar respuesta a los hechos y omisiones consignados en el oficio de observaciones, en el acta final o en la resolución provisional. Emitida la liquidación, esa vía ya no está disponible y hay que ir por los medios de defensa.
¿Pueden garantizarme que ganamos?
No, y conviene desconfiar de quien lo garantice. Lo que sí se puede dar es una lectura honesta de las probabilidades antes de que el cliente gaste un peso, la estrategia por escrito, y el criterio que deja haber trabajado del otro lado del escritorio: se anticipa qué va a pedir la autoridad y por dónde se sostiene o se cae un argumento. Eso no es una promesa de resultado; es una forma de tomar mejores decisiones con el expediente en la mano.
¿Son abogados fiscalistas para empresas o también atienden personas físicas?
Somos un despacho fiscal corporativo: la práctica está construida para empresas medianas y sus accionistas, directores generales y CFO. Atendemos persona física únicamente cuando se trata de agentes aduanales o de asuntos de alta cuantía vinculados a una operación empresarial. No atendemos devoluciones de impuestos de persona física, trámites de RFC ni materias ajenas a la fiscal, aduanera y de seguridad social. Decirlo por adelantado le ahorra tiempo a todos.
¿Necesito un abogado para tramitar un Acuerdo Conclusivo ante PRODECON?
El procedimiento se puede iniciar sin abogado, pero conviene no hacerlo. Un abogado en acuerdo conclusivo hace tres cosas que deciden el resultado: evalúa si el asunto conviene llevarlo por esa vía o si acudir debilita la posición, define qué se reconoce y qué no se reconoce en el acuerdo —porque lo acordado es incontrovertible y ya no se puede litigar después—, y negocia el alcance con la autoridad revisora. Además hay que solicitarlo dentro del plazo: emitida la liquidación, esa puerta se cierra. Cómo llevamos un Acuerdo Conclusivo.

Si ya te notificaron, el tiempo corre

Cuéntanos en qué situación está tu empresa. Revisamos el asunto, te decimos qué está en juego y en qué plazo — y si no requiere litigio, también te lo decimos.

Ángel de la Independencia, Ciudad de México

Contacto

Hablemos de tu asunto

Correo electrónicocontacto@eurotaxconsulting.com.mx
DirecciónCircuito Circunvalación Poniente 149, PB
Ciudad Satélite, Naucalpan de Juárez, Estado de México, C.P. 53100
Teléfono+52 55 3973 4456
Horario de atenciónLunes a viernes · 9:00 a 18:00 hrs

Respondemos el mismo día hábil. Si hay un plazo corriendo, indícalo en tu mensaje y lo atendemos de inmediato.